Visa humanitaria en usa

Una visa humanitaria en usa, a pesar de que es nombrada y conocida por muchos como visa, en verdad consiste en un parole, es decir una autorización extraordinaria otorgada cuando no se cumplen los requisitos necesarios para la visa.
- Que es una visa humanitaria en usa?
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Como tramitar visa humanitaria en usa
- Paso 1: Presenta la petición de permiso de permanencia temporal
- Paso 2: USCIS revisa la petición para propósitos de determinación de urgencia (triaje)
- Paso 3: Un funcionario de USCIS toma la decisión
- Paso 4: Un supervisor revisa la decisión
- Paso 5: USCIS proporciona una notificación de la decisión
- Paso 6: Emisión de Documentos de Viaje y Permiso de Permanencia Temporal en los Estados Unidos (Para casos aprobados únicamente)
- Paso 7: CBP autoriza el permiso de permanencia temporal a los Estados Unidos (Para casos aprobados únicamente)
- Requisitos para una visa humanitaria en usa
- Quiénes Pueden Solicitar un Permiso de Permanencia Temporal (‘parole’)
Que es una visa humanitaria en usa?
Es una opción con la que puede contar el inmigrante que vive fuera de los Estados Unidos y requiere de manera urgente ingresar al país a pesar de haber sido rechazado en el pasado ante la solicitud de otras visas.
Como tramitar visa humanitaria en usa
Resumen de los pasos del proceso de permiso de permanencia temporal:
Paso 1: Presenta la petición de permiso de permanencia temporal
El peticionario presenta lo siguiente en la Localidad Segura de USCIS en Dallas:
- Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje
- Formulario I-134, Declaración Jurada de Patrocinio Económico y
- Documentación de apoyo y
Pago de tarifa de presentación (o Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas).
Vea la sección Cómo Solicitar el Permiso de Permanencia Temporal, a continuación, para información específica.
La Localidad Segura envía la petición de Permiso de Permanencia Temporal a la División de Operaciones Internacionales de USCIS (USCIS-IO) en Washington, D.C.
Paso 2: USCIS revisa la petición para propósitos de determinación de urgencia (triaje)
Dentro de los 2 días laborales después que la Oficina de Operaciones Internacionales de USCIS (USCIS-IO, por sus siglas en inglés) recibe la petición, (usualmente dos semanas después de haber presentado la petición en la Localidad Segura), dicha oficina revisa inicialmente cada caso para confirmar que tiene jurisdicción sobre este y determinar si el caso ameríta procesamiento expedito debido a una petición urgente o con límite de tiempo.
Todos los casos son revisados inicialmente para propósitos de determinar si existe urgencia, sin tomar en consideración si el peticionario requirió específicamente consideración de procesamiento expedito del caso.
Paso 3: Un funcionario de USCIS toma la decisión
Un funcionario de USCIS evalúa la petición. Esto incluye:
- Revisar la solicitud y todos los documentos de apoyo
- Llevar a cabo todas las verificaciones e investigaciones de seguridad
- Expedir una Solicitud de Evidencia (RFE, por sus siglas en inglés) o una Notificación de Intención de Denegación, si es necesario
- Documentar los fundamentos de la decisión, y
- Preparar la(s) notificación (es) sobre la decisión.
Paso 4: Un supervisor revisa la decisión
Un supervisor revisa todas las decisiones de permisos de permanencia temporal antes de que las decisiones sean finales.
Paso 5: USCIS proporciona una notificación de la decisión
Si se autoriza la petición: USCIS le enviará por correo una carta de aprobación al peticionario, al beneficiario y a cualquier representante autorizado.
La carta notifica la decisión y los próximos pasos a seguir para obtener un documento de viaje.
USCIS también notifica a la embajada o consulado estadounidense más cercano a la residencia del beneficiario.
Si se deniega la petición: USCIS le enviará por correo una carta de denegación al peticionario, al beneficiario y a cualquier representante autorizado.
Paso 6: Emisión de Documentos de Viaje y Permiso de Permanencia Temporal en los Estados Unidos (Para casos aprobados únicamente)
Si una petición es aprobada, la notificación de aprobación le informará al beneficiario que deben completar el Formulario DS-160, Solicitud de Visa de No Inmigrante, y comparecer a una cita con la sección consular del Departamento de Estado para verificar su identidad y recopilar los datos biométricos para las investigaciones de seguridad adicionales. Todos los beneficiarios que tengan 14 años de edad o más deben proporcionar sus datos biométricos.
Si durante el proceso de investigación no se identifica información adversa o sobre una nueva identidad, el Consulado Estadounidense expedirá un documento llamado Sello o Folio de Abordaje que le permite al beneficiario viajar a los Estados Unidos dentro de los 30 días después de expedido. El que se expida un sello o folio de abordaje no garantiza que se le otorgue el permiso de permanencia temporal pero le permite al beneficiario proceder al paso 7, descrito a continuación.
Paso 7: CBP autoriza el permiso de permanencia temporal a los Estados Unidos (Para casos aprobados únicamente)
Un oficial de CBP inspeccionará al beneficiario en un puerto de entrada. Si CBP autoriza el permiso de permanencia temporal, le expedirá a la persona que obtiene el permiso de permanencia temporal (“parolee”) un Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, donde se documenta su periodo autorizado de permiso de permanencia. El periodo de permiso de permanencia temporal comienza cuando CBP autoriza el permiso de permanencia al beneficiario en el puerto de entrada.
Requisitos para una visa humanitaria en usa
| Documentación requerida: | Tipo de documento que debe presentar |
| Beneficiario | Una copia clara y legible de un documento de identificación expedido por el gobierno que muestre la ciudadanía del beneficiario |
| Peticionario Y patrocinador | Una copia clara y legible de un documento de identificación con foto expedido por el gobierno, que muestre su nombre y fecha de nacimiento.Por ejemplo:Un Documento de Autorización de Empleo (permiso de trabajo) válido, si lo tiene disponibleUna licencia de conducir válida, expedida por el gobiernoPágina de identidad del pasaporteFormulario I-551, Tarjeta de Residente Permanente oCualquier documento oficial de identidad.Evidencia de estatus de inmigración o de ciudadanía estadounidense válida (tal como una copia de un pasaporte estadounidense, tarjeta de residente permanente legal, o un certificado de nacimiento estadounidense), si alguna. Vea las instrucciones del Formulario I-131 (PDF, 562.01 KB). |
| Patrocinador: | Evidencia de cómo el patrocinador patrocinará económicamente al beneficiario en los Estados Unidos, incluida cualquier evidencia de empleo, pagos de impuestos, estados bancarios u otra evidencia. Vea las instrucciones del Formulario I-134 (PDF, 371.05 KB). |
Procinador para visa humanitaria
Un factor importante que USCIS considera al determinar si ejercerá discreción para otorgar permiso de permanencia temporal es si el beneficiario tendrá medios de sustento mientras esté en los Estados Unidos. USCIS requiere que se presente evidencia de un patrocinador que le proporcionará ayuda económica a la persona que obtiene permiso de permanencia temporal en los Estados Unidos.
Requisitos para los Patrocinadores
El patrocinador es la persona que accede a proporcionar patrocinio económico al beneficiario mientras está en los Estados Unidos durante el periodo de duración de la autorización del permiso de permanencia temporal.
El patrocinador económico puede o no ser la misma persona o entidad que el peticionario.
Debe presentar un Formulario I-134, Declaración Jurada de Patrocinio Económico, por cada petición de permiso de permanencia temporal, para demostrar si tiene los recursos económicos suficientes para patrocinar al receptor del permiso de permanencia temporal durante su estadía en los Estados Unidos.
Aunque no existe ningún requisito relacionado al estatus migratorio del patrocinador en los Estados Unidos, un patrocinador que tiene un estatus migratorio más permanente en los Estados Unidos, puede ser capaz más fácilmente de demostrar su capacidad para patrocinar a la persona que se le otorga el permiso de permanencia temporal en los Estados Unidos.
Quiénes Pueden Solicitar un Permiso de Permanencia Temporal (‘parole’)
Cualquier persona puede solicitar un permiso de permanencia temporal para sí mismo, o a nombre de otra persona, presentando el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje.
El que patrocina es una persona o entidad que completa el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, a nombre de una persona que está fuera de los Estados Unidos. Este puede presentar una petición de permiso de permanencia temporal para sí mismo. El peticionario no tiene que ser un residente de los Estados Unidos ni estar relacionado al beneficiario.

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